La responsabilidad civil profesional se define mejor por lo que no es. No responde de que alguien se
caiga en su oficina, ni de que una máquina suya rompa algo ajeno: para eso está la responsabilidad
civil general. Responde de que un cálculo, un informe, un plano o un consejo resulten equivocados y
le cuesten dinero a quien confió en ellos.
Ese matiz —perjuicio económico puro, sin daño material que lo acompañe— es justo la categoría que
la póliza de RC general excluye de forma expresa. De ahí que las dos coberturas no se solapen: cada
una responde de lo que la otra deja fuera.
Dos fechas deciden más siniestros que el límite
En esta línea la póliza opera casi siempre por reclamación. Lo que activa la cobertura no es
cuándo se cometió el error, sino cuándo lo reclaman, y entre ambos momentos pueden pasar años.
El artículo 73 de la Ley de Contrato de Seguro
admite las dos formas de acotarlo, con un suelo en cada una: cobertura posterior no inferior a un año
tras el fin del contrato, o retroactividad de al menos un año antes de su inicio. Y las califica
expresamente de cláusulas limitativas conforme a su artículo 3, lo que obliga a destacarlas de
modo especial y a que se acepten específicamente por escrito.
El punto de rotura es el cambio de compañía. Si la póliza nueva arranca con una retroactividad más
corta que la antigüedad real de los trabajos entregados, se abre un hueco que nadie nota hasta que
llega una reclamación por un proyecto de hace cuatro años.
Quién responde: la sociedad, el profesional, o los dos
La Ley 2/2007, de sociedades profesionales,
resuelve la duda en su artículo 11. Su apartado 2 establece que de las deudas derivadas de los actos
profesionales propiamente dichos responden solidariamente la sociedad y los profesionales, socios o
no, que hayan actuado. Y su apartado 3 obliga a las sociedades profesionales a estipular un seguro
que cubra la responsabilidad en que puedan incurrir en el ejercicio de su objeto social.
La consecuencia práctica es que el reclamante puede dirigirse contra el patrimonio que prefiera. Que
la póliza ampare nominalmente a socios y colaboradores, y no solo a la razón social, deja de ser un
detalle del condicionado para convertirse en la diferencia entre estar cubierto o no estarlo.
Por qué a través de una correduría
Como correduría inscrita en el registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con
la clave J0140, New Brokers trabaja por mandato del cliente, no por cuenta de ninguna aseguradora.
En RC profesional el trabajo técnico se concentra en tres puntos que rara vez se miran al comparar
precios: la delimitación exacta de la actividad asegurada —que en servicios técnicos cambia más
deprisa que el condicionado—, el empalme temporal con la póliza anterior, y si la cobertura alcanza a
las personas además de a la sociedad. Los tres se negocian antes de firmar; ninguno se arregla
después.