Área de cobertura · 10

Seguro de flotas y vehículos de empresa

La única línea del programa donde el seguro es obligatorio por ley para circular, y donde la diferencia entre empresas no está en si contratan, sino en cómo negocian una cartera entera.

01Visión general

En qué consiste

El aseguramiento de una flota se separa en dos planos que conviene no mezclar. El primero es el seguro obligatorio de responsabilidad civil, que la ley impone a todo vehículo a motor para circular y cuyos importes de cobertura fija la propia norma. El segundo es todo lo demás: el daño al propio vehículo, la responsabilidad que excede del obligatorio, la asistencia, la defensa jurídica y la inmovilización, que se contrata de forma voluntaria y es donde de verdad se negocia.

Lo que distingue a una flota de una suma de coches asegurados por separado es la gestión: una sola póliza con condiciones de cartera, altas y bajas sin recalcular todo el contrato, siniestralidad medida en conjunto y una renovación que se negocia sobre datos agregados. En una empresa con vehículos comerciales, ese tratamiento vale normalmente más que cualquier diferencia de prima unitaria.

Ficha

Obligatorio, daños a personas
70 M€
Obligatorio, daños en bienes
15 M€
Exceso sobre el obligatorio
Seguro voluntario
Correduría inscrita en la DGSFP
J0140

En flotas conviven dos contratos con naturalezas opuestas. Uno es obligatorio y sus importes los fija la ley; el otro es voluntario y es donde se negocia todo.

El texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece en su artículo 4 los importes de la cobertura obligatoria: setenta millones de euros por siniestro en los daños a las personas, cualquiera que sea el número de víctimas, y quince millones por siniestro en los daños en los bienes. Y añade dos precisiones que suelen pasarse por alto.

La primera está en el apartado 3: si la indemnización supera el importe de la cobertura obligatoria, se paga con cargo a esta hasta su máximo y el resto queda a cargo del seguro voluntario o del responsable del siniestro. Es decir, del patrimonio de la empresa si no se contrató.

La segunda, en el apartado 4: cuando el siniestro ocurre en otro Estado del Espacio Económico Europeo con un vehículo de estacionamiento habitual en España, se aplican los límites de aquel Estado, salvo que los españoles sean superiores. Para una flota que cruza fronteras, eso convierte el seguro de automóviles en una pieza más del programa internacional.

Dónde se gana en una flota

No en la prima unitaria, sino en tres decisiones de estructura.

La primera es la segmentación. Aplicar todo riesgo a una cartera entera encarece sin motivo los vehículos antiguos; dejarla toda en responsabilidad civil desprotege los nuevos. Escalonar por antigüedad, valor y uso —todo riesgo, todo riesgo con franquicia, terceros ampliado— es donde se recupera prima sin perder cobertura.

La segunda es la siniestralidad documentada. Una renovación se negocia con frecuencia y coste medio por segmento, por centro y por conductor. La empresa que llega con ese dato ordenado discute el recargo; la que no, lo acepta.

La tercera es el coste real de la parada. En una flota operativa, lo caro de un siniestro no suele ser la indemnización al tercero sino los días que el vehículo no factura. La asistencia y el vehículo de sustitución pesan más en la cuenta que la diferencia de prima entre dos ofertas.

Por qué a través de una correduría

Como correduría inscrita en el registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con la clave J0140, New Brokers trabaja por mandato del cliente, no por cuenta de ninguna aseguradora.

En flotas el valor está menos en la colocación inicial y más en lo que viene después: gestionar altas y bajas sin renegociar el contrato, centralizar los partes, seguir los siniestros abiertos que distorsionan la estadística, y llegar a la renovación con los números propios en la mano. Es un trabajo administrativo poco lucido que decide la prima de los años siguientes.

02Coberturas

Qué cubre

  • Responsabilidad civil obligatoria

    La cobertura que la ley impone para circular, con los importes que fija la propia norma y que no dependen de lo que se pacte en la póliza.

  • Responsabilidad civil voluntaria

    El tramo que responde por encima del obligatorio. Sin él, lo que exceda de los importes legales queda a cargo del responsable del siniestro.

  • Daños propios del vehículo

    Todo riesgo con o sin franquicia sobre la unidad, habitualmente diferenciado por antigüedad y por tipo de vehículo dentro de la misma flota.

  • Incendio, robo y lunas

    Las garantías intermedias que permiten cubrir vehículos antiguos sin llegar al todo riesgo, muy útiles para escalonar una cartera heterogénea.

  • Defensa jurídica y reclamación de daños

    La defensa del conductor y de la empresa, y la reclamación frente al tercero responsable, que en flota se gestiona de forma centralizada.

  • Asistencia en viaje y vehículo de sustitución

    La cobertura que reduce el coste real de un siniestro en una flota operativa: no el daño, sino los días que el vehículo no trabaja.

  • Ocupantes y conductor

    El accidente del conductor y de los ocupantes, que la responsabilidad civil no cubre respecto del propio conductor culpable.

  • Mercancía y equipamiento transportado

    La carga y las herramientas o equipos instalados, que no cubre el seguro del vehículo y exigen garantía propia o póliza de transporte.

  • Maquinaria móvil y vehículos especiales

    Carretillas, plataformas y maquinaria autopropulsada, con un régimen distinto del turismo o el industrial ordinario.

  • Gestión de flota y siniestralidad

    El servicio que acompaña a la póliza: parte único, seguimiento de siniestros abiertos y análisis de frecuencia por conductor y por centro.

03Capitales

Límites y franquicia

Los importes del seguro obligatorio de automóviles
ConceptoRégimen legal
Daños a las personas (art. 4.2.a)70 millones de euros por siniestro
Daños en los bienes (art. 4.2.b)15 millones de euros por siniestro
Exceso sobre esos importes (art. 4.3)A cargo del voluntario o del responsable
Siniestro en otro Estado del EEE (art. 4.4)Los límites de aquel Estado, o los españoles si son mayores
Indemnización por daños personalesSe cuantifica con el baremo legal
Cobertura de personas, por siniestroCualquiera que sea el número de víctimas

Los importes de esta tabla son los que fija el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, en su redacción vigente, no las condiciones de una póliza concreta. La norma prevé además su actualización automática si la Comisión Europea eleva los mínimos comunitarios. Las coberturas voluntarias, límites y franquicias se rigen en todo caso por las condiciones particulares.

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04Alcance

Qué no cubre

En flota, lo que queda fuera casi siempre tiene que ver con quién conducía, con qué permiso y para qué se usaba el vehículo.

  • La conducción sin permiso en vigor o por conductor no autorizado según las condiciones de la póliza.

  • La conducción bajo los efectos del alcohol o de sustancias estupefacientes, con la particularidad de que el obligatorio sí indemniza al perjudicado y después repite contra el conductor.

  • El uso del vehículo en pruebas, competiciones o entrenamientos deportivos.

  • El transporte de personas o de mercancías fuera del uso declarado en póliza.

  • La mercancía transportada y el equipamiento no declarado, que corresponden a la póliza de transporte o a una garantía expresa.

  • El daño al propio vehículo cuando solo se ha contratado responsabilidad civil, que es el error de encaje más frecuente en flotas heterogéneas.

  • El desgaste, la avería mecánica y el mantenimiento, que no son un siniestro.

  • El vehículo sin la inspección técnica en vigor cuando la póliza lo condiciona expresamente.

05Casos de uso

Cuándo se le va a exigir

  1. Siniestro grave con víctimas múltiples

    Un vehículo de la empresa provoca un accidente con varios heridos graves y las indemnizaciones superan lo previsto.

    Qué implica

    El obligatorio responde hasta setenta millones de euros por siniestro en daños a las personas, cualquiera que sea el número de víctimas. Lo que exceda de los importes legales queda a cargo del seguro voluntario o, si no se contrató, del responsable del siniestro.

  2. Accidente en otro país de la Unión

    Un vehículo con estacionamiento habitual en España sufre un siniestro en otro Estado del Espacio Económico Europeo, cuyos límites obligatorios son distintos.

    Qué implica

    Se aplican los límites del Estado donde ocurre el siniestro, salvo que los españoles sean superiores, en cuyo caso rigen estos. Es la razón por la que una flota con actividad internacional se revisa junto con el programa internacional, y no de forma aislada.

  3. Flota heterogénea con encaje único

    La empresa tiene turismos nuevos, furgonetas de reparto de diez años y maquinaria autopropulsada, todo bajo el mismo criterio de cobertura.

    Qué implica

    Aplicar todo riesgo a la flota entera encarece sin motivo lo antiguo, y dejarlo todo en responsabilidad civil desprotege lo nuevo. El escalonado por antigüedad y uso —todo riesgo, franquicia, terceros ampliado— es donde se recupera prima sin perder cobertura.

06Proceso

Cómo se contrata

  1. Inventario y segmentación de la flota

    Levantamos la relación de vehículos con matrícula, tipo, antigüedad, valor y uso real, y los agrupamos por criterio de cobertura en lugar de asegurarlos uno a uno.

  2. Análisis de siniestralidad agregada

    Revisamos frecuencia y coste medio por segmento, por centro y por conductor. Es el dato con el que se negocia una cartera, y el que la empresa rara vez tiene ordenado.

  3. Colocación como cartera y no como suma de pólizas

    Negociamos condiciones de flota: prima por segmento, franquicias diferenciadas, procedimiento de altas y bajas sin recalcular el contrato y cláusulas de participación en beneficios si el volumen lo permite.

  4. Gestión operativa y renovación

    Centralizamos partes y seguimiento de siniestros abiertos, y llegamos a la renovación con la siniestralidad documentada en vez de aceptar el recargo que proponga la compañía.

Cómo trabajamos
08Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cubre el seguro obligatorio de un vehículo de empresa?

Los importes los fija la ley, no la póliza: setenta millones de euros por siniestro en daños a las personas, cualquiera que sea el número de víctimas, y quince millones por siniestro en daños en los bienes. La norma prevé además que esos importes se actualicen si la Comisión Europea eleva los mínimos comunitarios. Lo que exceda de esas cifras queda a cargo del seguro voluntario o del responsable del siniestro.

¿Qué añade el seguro voluntario si el obligatorio ya cubre tanto?

Cosas distintas, no más de lo mismo. El obligatorio solo cubre la responsabilidad civil frente a terceros: no cubre el daño al propio vehículo, ni el robo, ni el incendio, ni la asistencia, ni la defensa jurídica, ni al conductor culpable. En una flota operativa, el coste real de un siniestro no suele ser la indemnización al tercero sino los días que el vehículo no trabaja.

¿Compensa asegurar la flota en una sola póliza?

En general sí, y no por la prima sino por la gestión: altas y bajas sin renegociar el contrato entero, un único interlocutor de siniestros, y una renovación que se discute sobre siniestralidad agregada en lugar de vehículo a vehículo. El ahorro aparece además al segmentar por antigüedad y uso, en vez de aplicar el mismo criterio a toda la cartera.

¿Qué pasa si el accidente ocurre en otro país europeo?

Si el vehículo tiene su estacionamiento habitual en España y el siniestro ocurre en otro Estado del Espacio Económico Europeo, se aplican los límites de cobertura de aquel Estado; ahora bien, si los importes españoles son superiores, rigen los españoles. Para una flota con actividad internacional conviene revisarlo junto con el resto del programa internacional.

¿Cubre el seguro del camión la mercancía que transporta?

No. Son dos contratos distintos con regímenes distintos: el seguro del vehículo responde de los daños causados con él, y la mercancía responde por la póliza de transporte, con límites que en el ámbito nacional se calculan por peso. Es una de las confusiones más caras del sector.

¿Qué documentación necesitan para preparar una propuesta?

La relación de vehículos con matrícula, tipo, antigüedad, valor y uso real, el histórico de siniestralidad de los últimos años con frecuencia y coste medio, la política de uso y de conductores autorizados, y las pólizas vigentes con sus condiciones particulares y vencimientos.

Información orientativa, sin carácter vinculante. Las coberturas, límites y exclusiones se rigen en todo caso por las condiciones particulares de cada póliza. New Brokers Correduría de Seguros, S.L., inscrita en el registro de la DGSFP con la clave J0140.